lunes, 23 de abril de 2018

Tipos delictivos

El Juez del Tribunal Supremo encargado de la instrucción del proceso por los actos que culminaron el denominado procès trata de encajarlos en el tipo previsto en el artículo 472 del Código Penal, el delito de rebelión. Este precepto establece lo siguiente:

Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes:
1.º Derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución.(...)

Resulta fácil entender por qué el Juez Llarena entiende aplicable este precepto. La convocatoria de un referéndum, según el artículo 92 de la Constitución corresponde al Rey, a propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados. La convocatoria del referéndum por parte de las instituciones autonómicas implica, necesariamente, la derogación o suspensión de la Constitución. De igual manera, la declaración de independencia de una parte del territorio solo puede autorizarse mediante modificación del artículo 2 de la propia Constitución, perteneciente a su Título preliminar, lo que supone la aplicación del procedimiento especial previsto en el artículo 168 del texto constitucional, por lo que, al no haberse aplicado este procedimiento, se presupone derogada o suspendida la Constitución, al menos en Cataluña.

Pero resulta igualmente fácil ver dónde falla este argumento: no ha habido un alzamiento violento, sino unos actos que, en otras condiciones, serían no solo pacíficos sino constitutivos del cumplimiento del ordenamiento jurídico. Si ha habido algún tipo de violencia por parte de las instituciones catalanas, ha sido incidental, no ha constituido el medio fundamental para la consecución de sus fines. Esto es lo que, en definitiva, ha puesto de manifiesto la resolución del Tribunal de Schleswig-Holstein que ha puesto en libertad a Puigdemont.

Si el tipo penal de rebelión no es aplicable, y tampoco lo es el de sedición (respecto de los miembros del Govern y el Parlament, el caso de los Jordis es diferente), por la misma razón, parece que estamos abocados a la conclusión de que estos actos, que suponen un atentado serio contra el orden constitucional, no son delictivos, pese a serlo otros de mucha menor entidad, como las injurias al Jefe del Estado o a la bandera. De ahí la persistencia en mantener, con argumentos forzados, el tipo de rebelión.

Quizá quepa una calificación alternativa, al menos para parte de estos actos. La declaración de independencia de Cataluña supone, no simplemente la adopción de una medida contraria al ordenamiento jurídico sino, sobre todo, ajena a las competencias del Parlament de Catalunya o del Govern de la Generalitat. Otro tanto cabe decir de la convocatoria de un referéndum o de la derogación o suspensión de la Constitución, que resulta forzosa si se pretende atribuir algún tipo de efecto jurídico a aquellas medidas. 

Pues bien, el artículo 506 del Código Penal tipifica el delito de usurpación de atribuciones en los siguientes términos:

La autoridad o funcionario público que, careciendo de atribuciones para ello, dictare una disposición general o suspendiere su ejecución, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años, multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a doce años.

Esta calificación encaja bien con los hechos, al menos en cuanto el vehículo formal haya sido una disposición general (una ley) cosa que necesariamente habrían de ser la declaración de independencia y la derogación o suspensión de la Constitución. Al propio tiempo, difiere claramente del delito de rebelión, que exige necesariamente el recurso a la fuerza o, al menos, la amenaza de utilizarla. Y, por último, al contemplar penas mucho menores, contribuiría a rebajar la tensión, facilitando, quizá, una salida al conflicto. 

Doctores tiene la Iglesia. Que los expertos en Derecho penal examinen esta propuesta y vean su aplicabilidad. Ningún medio de comunicación se dignaría publicarla, pero yo he cumplido al ponerla a disposición del público en general. Ahí queda.

sábado, 10 de febrero de 2018

El ayatolá Puigdemont

Una nueva genialidad de Puigdemont y sus secuaces en el procès. Quiere ser elegido por una asamblea de electos como presidente de un consejo de la república que, permaneciendo en Bélgica (al menos mientras los belgas le acepten) controlará al Presidente y al Gobierno de la Generalidad.

Hay pequeños obstáculos, minucias como que el Estatuto de Autonomía no contempla ni ese consejo ni a su presidente, que los independentistas no tienen mayoría cualificada para reformar el Estatuto o que a esa asamblea de electos nadie le ha dado facultades para elegir al Presidente o al Gobierno de la generalidad, menos aún para elegir unos cargos que habrían de ser superiores. 

Tampoco parece muy democrático atribuir el máximo poder a un órgano que no habrá de responder ante nadie, y ante el que, de alguna forma, deberá responder el Gobierno salido de las elecciones, pero sin duda los no independentistas no estamos calificados para hablar de democracia, ya que ésta es patrimonio exclusivo de los buenos catalanes.

Se ha comparado esta idea con lo que ha hecho Maduro en Venezuela: como el Parlamento no se dejaba controlar por él, lo ha sustituido por una asamblea de afines y paniaguados en los que puede confiar. Pero creo que hay una semejanza más interesante: Irán.

En Irán, el Presidente de la República no es la máxima figura política, sino que está supeditado a un consejo de la revolución, integrado fundamentalmente por clérigos y presidido por el líder supremo, un ayatolá que es quien corta el bacalao, puede destituir al Presidente, controla el ejército y la milicia de los Guardianes de la Revolución y, en definitiva, se encarga de que el pueblo iraní ejerza su soberanía como está mandado. 

Es sabido que Irán es una teocracia, es decir, que mandan los clérigos de la única religión del Estado. Parece que en Cataluña seguimos en esa misma dirección, con un nacionalismo dogmático que pretende, no solo perpetuarse en el poder (lo que de hecho ya había casi conseguido el pujolismo), sino acapararlo, excluyendo a quienes pretendan disentir de la verdadera fe.

miércoles, 7 de febrero de 2018

Aquest país serà sempre nostre

A Ernest Maragall, que fue diputado en el Parlamento catalán por el PSC y lo es ahora por ERC le correspondió presidir la mesa de edad en el acto de constitución del Parlamento. Contra la costumbre, pronunció un discurso, que en cualquier otro lugar sería calificado de claramente partidista, no institucional.

Lo que más me impactó de este discurso fue la frase final: Aquest país serà sempre nostre. Este país será siempre nuestro. Me gustaría preguntarle al Sr. Maragall en nombre de quién hablaba, quiénes son los propietarios de Cataluña. Y, naturalmente, quiénes son "ellos", los que pretenden arrebatar el país a esos que, según el orador, son sus legítimos propietarios. 

Una primera respuesta es que "nosotros", los propietarios del país, son los catalanes, o el pueblo catalán, al que también se refirió en el discurso. Y "ellos" serán los españoles y, fundamentalmente, "Madrid", ese ente sin rostro que encarna lo peor de la odiada España. 

Pero esta respuesta, que parece clara, se complica cuando se analiza la composición de la cámara y los resultados (en votos) de las elecciones. Sin duda hay una mayoría de diputados partidarios de la independencia de Cataluña. Pero esa mayoría es exigua y las tres formaciones a las que pertenecen esos diputados poco más tienen en común. Y los restantes miembros del Parlamento, también heterogéneos, tienen el respaldo de un número de votos incluso superior al de los independentistas. 

Y esta división se superpone a otra basada en la lengua, el fet diferencial de los nacionalistas catalanes: los castellanohablantes de Cataluña superan en número a los catalanohablantes. La diferencia que, ciertamente, se reduce, es aún más abultada que la basada en el número de votos.

¿Dónde quedan incluidos los diputados no independentistas y sus votantes, en el "nosotros" o en "ellos"? ¿Son catalanes?¿Españoles?¿Tienen derecho a participar en las decisiones que afectan a Cataluña o solo pueden tomarlas los verdaderos catalanes, els catalans de debó?¿Los legítimos propietarios de Cataluña serán, dentro de unos años, los componentes de una sociedad multirracial, multicultural y, con suerte, cosmopolita, o serán siempre los descendientes de los catalanes de toda la vida, como el propio Sr. Maragall, hermano del alcalde de los Juegos Olímpicos de 1992 y nieto del poeta?

Quizá tenga interés recordar que D. Ernest Maragall pertenece a un partido que se dice de izquierdas, lo que casa mal con una defensa de los privilegios de clase. Pero, sin duda, es importante darse cuenta de que pertenecía al PSC, el partido que, teóricamente, había de defender los intereses de las clases populares y, en particular, los de los inmigrantes venidos de otras partes de España. Corrijo: es importante que el PSC recuerde que el Sr. Maragall formaba en sus filas y que sus ideas no han variado. Lo ha hecho solo su adscripción política.

martes, 26 de septiembre de 2017

La Constitución, ¿derogada en Cataluña?

El Gobierno de la Generalitat ha aprobado una ley que afirma que el pueblo catalán es soberano. Eso choca frontalmente con el artículo 1.2 de la Constitución, que atribuye la soberanía al pueblo español en su conjunto.


Ha convocado un referéndum, pese a que el artículo 92 de la Constitución establece que solo puede convocarlo el Rey, a propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados.



El Título X de la Constitución regula la reforma constitucional, es decir, el procedimiento a través del cual se podría atribuir la soberanía al pueblo catalán o facultar al Gobierno de la Generalitat para convocar referendos. Pero no se ha puesto en marcha ningún procedimiento de reforma constitucional.



Como es evidente que el Gobierno catalán atribuye eficacia a las disposiciones mencionadas, aunque sean contrarias a la Constitución española (y al Estatuto de Autonomía de Cataluña), es preciso concluir que dicho Gobierno considera derogada en Cataluña la Constitución española (y el Estatuto, aunque no podemos entender cómo, pero eso no es obstáculo para seguir nuestro razonamiento).



Aceptando, como hipótesis, la derogación de la Constitución española para Cataluña surge una pregunta: ¿esa derogación afecta solo los artículos antes mencionados o se extiende a todo el articulado del texto constitucional?



Como no existe ningún precepto que exceptúe la aplicación de los artículos 1.2 y 92 de la Constitución en el territorio catalán, es forzoso responder que la derogación debe afectar a la totalidad de la ley fundamental. La omisión del procedimiento de reforma constitucional es otro argumento en el mismo sentido, pues tampoco se ha excluido expresamente el mencionado Título X.



En consecuencia, llegamos a la sombría conclusión de que en Cataluña no rige, al menos para los poderes autonómicos, ningún artículo de la Constitución. En particular, que están derogados los artículos contenidos en el Capítulo segundo del Título I, entre los que se encuentran los que consagran los derechos fundamentales y las libertades públicas. 



Entiéndase bien, no estamos acusando al Gobierno de la Generalitat de pretender privar a ningún ciudadano de la vida, de la libertad, de la tutela efectiva de los jueces y tribunales. Pero si respeta esos derechos y libertades es por un acto libérrimo o por temor a las consecuencias, no porque ninguna disposición jurídica vigente en Cataluña así lo establezca. 



Da que pensar.

jueves, 31 de agosto de 2017

¿Para qué un referéndum ?

Se ha criticado mucho la decisión del gobierno de la Generalitat de convocar un referéndum de autodeterminación. Lógicamente, las críticas las han formulado los contrarios a la independencia de Cataluña. Pero lo que no se ha dicho es que ese referéndum es incoherente con los postulados de los mismos independentistas. 

En efecto, el artículo 2 de la proposición de ley de convocatoria del referéndum establece lo siguiente: El poble de Catalunya és un subjecte polític sobirà i com a tal exerceix el dret a decidir lliure i democràticament, la seva condició política. (El pueblo de Cataluña es un sujeto político soberano y como tal ejerce el derecho a decidir libre y democráticamente su condición política).

Si Cataluña goza de soberanía, sea como consecuencia de la aprobación en el Parlament de esta ley o con antelación a la misma, lo que ha de hacer es dotarse de las correspondientes instituciones. No es compatible ser un sujeto político soberano y estar sometido a la soberanía de otro Estado. Y la creación de las instituciones debe realizarse mediante la aprobación de la Constitución, que puede someterse a un referéndum, pero no es imprescindible (porque precisamente, la reforma constitucional ha de ser regulada por la propia Constitución y, no existiendo ésta, no hay una norma que establezca los trámites a seguir).

Hay alternativas: un sujeto de Derecho internacional soberano puede renunciar a parte de su soberanía o a toda ella e incorporarse a otro, preexistente o de nueva creación, sea una confederación, una federación o un Estado unitario. Naturalmente, para ello es preciso obtener la conformidad de los demás sujetos afectados, previa la correspondiente negociación. Y también es preciso articular un mecanismo jurídico para la formación de la voluntad del propio sujeto soberano (del Estado catalán, para entendernos), lo que viene a equivaler a una Constitución.

Existe, no obstante, una situación en que un sujeto político soberano puede estar sometido a la soberanía de otro Estado: la ocupación. Esta situación sería incompatible con el ejercicio de la soberanía (por ejemplo, mediante la aprobación de una Constitución), por lo que no podría hablarse de ocupación si era posible dicho ejercicio. En caso contrario, las autoridades del territorio ocupado habrían de solicitar el auxilio de la comunidad internacional para acabar con dicha situación. Pero, puesto que las autoridades catalanas pretenden celebrar el referéndum, están negando la existencia de una ocupación. 

En resumen, la aprobación de la Ley del referéndum ya constituye una declaración de independencia, por lo que el propio referéndum resulta redundante. Su convocatoria constituye una contradicción, en cuanto niega y afirma un mismo hecho: si Cataluña es soberana, no puede formar parte del Estado español y, por ende, no puede separarse de éste, por lo que es inútil la consulta a la población. 

Ahora bien, ¿cómo puede el Parlament afirmar que el pueblo de Cataluña es soberano, si ello es contrario a la normativa de la que emanan los poderes de la propia cámara? La respuesta, naturalmente, se encuentra, dentro de la doctrina nacionalista, en el dogma fundamental de dicha doctrina: Catalunya és una nació (Cataluña es una nación). Ese dogma, en el argumentario nacionalista, es evidente por sí mismo (no requiere demostración ni es susceptible de refutación) y superior a cualquier norma de derecho positivo, interno o internacional (en particular al artículo 1.2 de la Constitución española, según el cual: La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado).

Si las fuerzas independentistas se proponen celebrar un referéndum en el que han de tener voto todos los habitantes de Cataluña (en los términos señalados en la propia ley) están reconociendo implícitamente que todos ellos integran la nación catalana. Sin embargo, los habitantes de Cataluña no constituyen un grupo homogéneo, en particular desde el punto de vista lingüístico y cultural en el que se fundamenta habitualmente el hecho diferencial determinante de la identidad nacional catalana. Los nacionalistas lo reconocen al definir su proyecto como la construcció nacional de Catalunya (construcción nacional de Cataluña), que implica la extensión de ese hecho diferencial a toda la población.

Se produce así una nueva contradicción, necesaria para dar al proceso una apariencia democrática, pues lo coherente sería atribuir el voto exclusivamente a quienes, en virtud de sus características identitarias, constituyen la nación catalana, ya que ésta es el fundamento de todo ese proceso.  

Así, una afirmación negada por los propios independentistas constituye el argumento fundamental de todo el proceso, de donde resulta que éste tiene menos solidez que un castillo de naipes. No obstante, existe una incomprensible renuencia a discutir el conflicto en sus propios términos, quizá porque la volatilidad del concepto de nación pondría también de manifiesto las contradicciones de los despectivamente denominados unionistas. 






lunes, 28 de agosto de 2017

El proyecto nacionalista y los musulmanes

A raíz de los bárbaros atentados deBarcelona y Cambrils, de los que fueron culpables un grupo de musulmanes afincados en Ripoll, se ha hablado de las razones que pueden tener jóvenes educados en nuestro país, probablemente con nacionalidad española, para creer en los cantos de sirena del yihadismo que propaga el Estado islámico.

Estoy de acuerdo con quienes lo explican por las escasas expectativas laborales y, en definitiva, de promoción social que tienen estos jóvenes, inferiores, incluso, a las ya menguadas de sus coetáneos de origen español. Pero quisiera poner de relieve un factor que, a mu juicio, puede contribuir a su desesperanza.

El nacionalismo catalán es un movimiento político dirigido a proteger a los catalanes de origen frente a la amenaza que supone la inmigración procedente del resto de España, que se produjo fundamentalmente en los años sesenta y setenta del pasado siglo, sin perjuicio de movimientos aún anteriores o de los que han tenido lugar, en menor escala, posteriormente. Esta amenaza es de índole cultural, lingüística especialmente, pero también política y, sin duda alguna, económica.

Pues bien, ¿qué ha de pensar un joven de origen magrebí, musulmán y del lengua árabe cuando advierte que desde las instituciones catalanas y los medios de comunicación de la Comunidad (públicos o privados) se lanza el mensaje de que los ciudadanos que estaban aquí antes que sus padres, que son cristianos (practicantes o no), blancos (los magrebíes suelen ser más morenos, incluso que los andaluces), que cuando vinieron ya tenían la nacionalidad española, aun son mirados como extranjeros y se les exige una "conversión" a los valores nacionalistas para ser "integrados"?

En mi opinión, sentirán que son los últimos de la cola, que se les rechaza y que no tienen ninguna posibilidad en este país. Un acicate más para confiar en la justicia divina, en que, en último término, ellos, seguidores del islam, están en lo cierto y han de triunfar finalmente y, si quieren acelerar ese triunfo, el camino está en el martirio luchando contra los infieles.

Por si alguien quiere, de mala fe, ponerlo en duda, estoy convencido de que el nacionalismo no es responsable de los atentados. Lo son quienes los cometen. Pero quizá la política de asimilación que siguen desde que llegaron al poder sea una barrera para la integración y, por tanto, un elemento más del caldo de cultivo del terrorismo islámico.

domingo, 8 de enero de 2017

La caverna nacionalista, o el nacionalismo platónico

Es bien conocido el mito de la caverna que Platón pone en boca de Sócrates en "La República": los humanos somos como un grupo de prisioneros que, inmovilizados en una caverna oscura, solo pueden ver las sombras que proyecta un fuego situado a su espalda en una pared delante de ellos, cuando otros seres pasan ante el fuego portando diversas imágenes. Al no tener otra experiencia, creen que las sombras son los objetos reales.

Pero el filósofo, utilizando su razón llega, con esfuerzo, a superar su ignorancia y remontarse a los objetos reales, no en el mundo material, en el que viven los demás como los prisioneros en la caverna, sino en el mundo intelectual. Estos objetos reales son las ideas, puras y completas, a las que se asemejan los groseros objetos materiales sin identificarse con ellas. 

Esta metáfora es útil para comprender la contradicción que supone que los nacionalistas catalanes afirmen, sin ningún género de dudas, que Cataluña es una nación y, sin embargo, definan su proyecto como la "construcción nacional de Cataluña". Lo que ya está completo no precisa construirse; lo que se ha de construir aun no existe o, al menos, no está acabado.

El dogma, Catalunya és una nació, se refiere a la idea platónica de Cataluña, en el mundo ideal, puramente intelectual. La construcción nacional, por su parte, se refiere al mundo real, de la grosera materialidad. El mundo de las estadísticas que nos dicen que el castellano es la lengua más hablada de Cataluña, sin ir más lejos.

Como Sócrates, los nacionalistas no dan valor a lo que está en el mundo real, sino únicamente a las ideas. La realidad debe asemejarse en lo posible a la idea, puesto que cuanto mayor sea tal semejanza mayor será su perfección, pero la referencia es siempre el ideal.

El problema es que Sócrates hablaba de la Verdad, lo Bueno y lo Bello, que creía valores absolutos que debían reconocer todos los seres humanos, al menos si estaban debidamente formados. Pero la Cataluña que imaginan los nacionalistas es solo una de diversas Cataluñas posibles, la que desean los nacionalistas, y no hay un criterio objetivo que permita valorar dichos proyectos. En una democracia, ni siquiera es aceptable la exigencia de una determinada formación para opinar (para votar), por lo que no se puede afirmar que los no nacionalistas no tienen un criterio formado y desdeñar su opinión. Por tanto, el dogma nacionalista debe tomarse como lo que es: un proyecto que a unos les entusiasma, pero a otros les puede dejar indiferentes o, incluso, producir rechazo; en ningún caso una verdad absoluta o una necesidad lógica o histórica.

Por supuesto, lo propio se puede decir de cualquier otro nacionalismo, en particular el español: la nación es el proyecto que una persona o un grupo tiene para su país, que puede diferir del que tengan otras personas o grupos y no es, en términos absolutos, mejor o peor que éste. No es admisible que los filósofos o los nacionalistas nos impongan una realidad basada en sus fantasías. La realidad la construimos, cada día, todos los ciudadanos.

lunes, 23 de mayo de 2016

A vueltas con la lengua

Recientemente se han producido dos manifestaciones en un mismo sentido: el colectivo "koiné" se ha pronunciado a favor de una Cataluña exclusivamente catalanohablante; los promotores de un borrador de constitución de la República catalana han incluido en el mismo como lenguas oficiales únicamente el catalán y el arnés, dejando el castellano como una lengua no oficial pero con la que se pueden tener ciertos miramientos, al menos de forma transitoria.

Lo curioso es que estas iniciativas han sido criticadas, incluso desde posiciones independentistas. Esto sólo puede explicarse de dos maneras: ignorancia o hipocresía.

Es difícil pensar que alguien pueda creer sinceramente en una independencia motivada exclusivamente por razones objetivas, como evitar el denominado "déficit fiscal". La pregunta inmediata es: ¿por qué este déficit es intolerable y el que pueda darse entre provincias, comarcas o municipios de Cataluña no tiene importancia? Y, si no hay una diferencia apreciable, ¿sería también la independencia (de las provincias, comarcas o municipios perjudicados) una solución aceptable?

Lo que nos lleva a la conclusión de que quienes afirman que el castellano debería ser cooficial en la Cataluña independiente hacen, como buenos políticos, promesas que no sólo saben que no podrán cumplir, sino que en ningún momento han pensado en cumplir. La independencia es un medio para realizar el proyecto nacionalista y éste es la construcción nacional de Cataluña, vertebrada en torno a la lengua catalana como factor diferencial que se ha de potenciar. La cooficialidad del castellano implicaría ni más ni menos que la renuncia a ese proyecto, para construir un país que en poco se diferenciaría de la Cataluña actual, formando parte del Estado español.

sábado, 23 de abril de 2016

Creus de Sant Jordi




El Gobierno de la Generalitat, como cada año, ha acordado la concesión de la "creu de Sant Jordi" a unas personalidades y entidades a las que, por su trayectoria, considera acreedoras de tal distinción. La lista de las personalidades es la siguiente:

  • Jordi Aguadé i Clos
  • Josep Miquel Aixalà i Martí
  • Josep Maria Aragonès i Rebollar
  • Peter Bush
  • Maria Teresa Cabré i Castellví
  • Ramon Coll i Huguet
  • Manuel Antoni Condeminas Hughes
  • Lluís Coromina Isern
  • Llibert Cuatrecasas i Membrado
  • Joan de Muga Dòria
  • Eudald Maideu i Puig
  • Jesús Massip i Fonollosa
  • Vicenta Pallarès i Castelló
  • Lluís Pasqual i Sánchez
  • Joan Pera
  • Carme Pinós i Desplat
  • Agustí Pons i Mir
  • Philippe Saman
  • Mercè Sampietro i Marro
  • Llorenç Sànchez i Vilanova
  • Anna Soler-Pont
  • Carles Vallbona i Calbó
  • Emma Vilarasau Tomàs
  • Miquel Vilardell i Tarrés
  • Carles Vilarrubí i Carrió
  • Jacint Mora i Obrador (a títol pòstum)
  • Francesc Xavier Vilamala i Vilà (a títol pòstum)


Sin ánimo de cuestionar los merecimientos de los galardonados, sorprende que el número de los apellidos de origen claramente catalán supere ampliamente la proporción que estos apellidos suponen entre los de la población de Cataluña. Los apellidos más corrientes son, actualmente, originarios de otras regiones españolas, hasta el punto de que el apellido de origen catalán más común aparece en decimoséptimo lugar. 

Cabría pensar mal y suponer que el Gobierno, en definitiva de ideología nacionalista, ha elegido premiar personas "catalanas por los cuatro costados", tanto en sus orígenes como en su orientación política. Pero no creemos que un gobierno democrático actúe de forma tan partidista, sobre todo tan descaradamente. Luego hay que buscar otra explicación.

La más evidente es que el desequilibrio refleja una desproporción entre los méritos reunidos por las personas de origen catalán y las que proceden de la emigración. Que los catalanes de origen triunfan en sus profesiones o actividades, o ejecutan labores u obras de importancia para la comunidad en medida mucho mayor que quienes, ellos mismos, sus padres o abuelos, vinieron desde otros lugares.

A su vez,esta desproporción puede deberse a dos causas. La primera, que los catalanes de origen son más inteligentes, hábiles o generosos que los otros y, por ello, sobresalen sobre éstos. La segunda, que tienen mayores medios, oportunidades y contactos, por lo que, a igualdad de dotes, tienen más facilidad para sobresalir. 

En definitiva, estas listas parecen reflejar, o bien una superioridad de los catalanes "de debó" sobre los "xarnegos" o bien que la acción pública no genera una igualdad real de oportunidades. 

¿O quizá debemos volver a la idea de una selección partidista de los premiados?

viernes, 15 de enero de 2016

España, ¿nación de naciones?

Diversas voces, presumiblemente bienintencionadas, están proponiendo, como vía para conseguir el encaje de Cataluña ene España o, en general, para resolver el problema de la estructura territorial del Estado, el reconocimiento en la Constitución de la condición nacional de Cataluña, bien bajo la fórmula de Estado plurinacional (lo que supondría aceptar que España no es una nación, siéndolo únicamente Cataluña, el País Vasco, Galicie y, quizá, el resto, bajo la denominación de España o la de Castilla) o bien mediante el discutible concepto de "nación de naciones", que atribuiría la condición de naciones tanto al todo como a las partes.


Tanto entre quienes aceptan esta propuesta como entre quienes se oponen a ella algunos advierten de los riesgos que conlleva. Así, entre los primeros, Fernando Savater (“Ni podemos ni debemos”, El País, 7 de enero de 2016) afirma que Los nacionalistas locales quieren convertir la diversidad cultural en fundamento de separación política. Es decir, convierten las culturas —optativas, cambiantes, mestizas— en estereotipos estatalizables de nuevo cuño, que definen ciudadanías distintas a la del Estado de derecho común. Aquí comienza lo inadmisible.

Gabriel Tortella  ("La nación de las naciones", El Mundo, 8 de enero de 2016"), entre los segundos, afirma directamente que En principio, se trata de un concepto contradictorio (el de nación de naciones) porque la palabra nación, en su significado estrictamente político, el que se viene utilizando desde la Revolución francesa, es el de un conjunto de ciudadanos que comparte un territorio y se organizan bajo un Estado, donde imperan los principios de libertad, igualdad y soberanía.

Ambos autores tienen razón: el nacionalismo catalán (como el vasco) pretende el reconocimiento nacional y, como consecuencia ineludible, el reconocimiento de su soberanía, que en cualquier momento puede ser ejercida mediante la creación de un Estado independiente.

Ahora bien, la realidad es un poco más compleja. Savater menciona la diversidad cultural como fundamento de separación política. Tortella alude a un concepto metafísico de nación, contrapuesto al político y que implica una comunidad cultural. Pero en Cataluña no existe una unidad cultural, sino una coexistencia de dos culturas principales (y otras muchas aportaciones minoritarias) o, mejor, un mestizaje cultural. En cualquier caso, hay por lo menos tantos motivos para unir como para separar, si no más.

El reconocimiento de que Cataluña es una nación supondría la consagración de la diferencia (en concreto, en la Constitución española) aunque no exista en la realidad o, por mejor decir, aunque no sea completa. Con ello, los nacionalistas quedarían legitimados para llevar adelante su proyecto, consistente en la profundización de la diferencia, la separación cultural y sentimental respecto de España a las que alude el concepto de construcción nacional de Cataluña. 

Con el desarrollo de ese proyecto, llegaría un momento en que la independencia sería un voluntad predominante, si no unánime, lo que llevaría al ejercicio de esa soberanía que el concepto de nación incorpora y a la creación del Estado catalán.

En definitiva, el reconocimiento de Cataluña como nación no solo supondría la aceptación de su derecho a la separación (que, en una democracia difícilmente se puede negar a una parte de la comunidad cuando se dan determinadas circunstancias), sino que permitiría la utilización de todos los medios del poder estatal para imponer unos determinados rasgos culturales, unos determinados sentimientos, a la población.

Y, si alguien duda de que es así, que trate de responder a la siguiente pregunta: ¿por qué, si no, tiene tanta importancia el atribuir a una comunidad (ya sea Cataluña, ya sea España) la condición de nación, pese a la evidente indefinición de tal concepto?

 

miércoles, 6 de enero de 2016

El sentimiento nacionalista

Los seres humanos, seres eminentemente sociales, tenemos habitualmente un sentimiento positivo respecto del país al que pertenecemos. Es, sin duda, una manifestación de autoestima y contribuye a cohesionar el grupo del que, en definitiva, dependemos.

Ahora bien, nadie, o casi nadie, conoce todos los lugares del país en que vive. Menos aún conoce a todas las personas que habitan dicho país. Por tanto, el objeto de ese sentimiento positivo no es el país real, sino una idealización del mismo, una construcción mental formada a partir de las experiencias personales, distintas para cada individuo. Además, en esta construcción interviene un proceso de selección: cada cual elige aquellos elementos que le parecen realmente constitutivos del país y rechaza los que no considera relevantes, partiendo de un criterio puramente subjetivo.

Se trata de un fenómeno similar al que sucede cuando nos enamoramos: no nos enamoramos de la persona real, sino que completamos lo que sabemos de dicha persona, a la que tal vez acabamos de conocer, atribuyéndole cualidades y virtudes que quizá no posee, o no posee en el grado que le atribuimos, completando un cuadro ideal que no se ajusta a la realidad.

Este objeto que, como imaginario, es estrictamente personal, es definido o enunciado de formas similares por diversas personas, mediante la enumeración de las principales características que cada uno le atribuye: lengua, origen étnico, religión, tradiciones y costumbres, historia…Se llega así a hablar de nación, como un grupo social con unas características comunes, que homogeneízan a quienes lo componen a la vez que les diferencian de los demás.
No obstante, como hemos visto, los elementos que estas diferentes personas consideran constitutivas de la nación, no tienen por qué darse en la realidad ni tienen por qué revestir la importancia que les atribuyen.  De igual manera, en la realidad pueden darse otras características que, por resultar desagradables o atribuírseles poca importancia, no son tenidas en cuenta como constitutivas de la nación. 

Así, los españoles de lengua castellana minusvaloran la importancia de las restantes lenguas de España y de sus hablantes, así como los sentimientos antiespañoles que un número relevante de ellos presentan. De forma análoga, los catalanistas infravaloran o, incluso, ignoran la población de Cataluña de lengua castellana, pese a que es estadísticamente mayoritaria. 

Sin embargo, este sentimiento compartido de amor al país, de pertenencia, no tiene, por si mismo, naturaleza política. La política exige el planteamiento de un objetivo a alcanzar y ser lo que ya se es no constituye un objetivo válido ni, sobre todo, atractivo, movilizador. Para que surja un movimiento, un partido político nacionalista es preciso que ese sentimiento se transforme en un objetivo que se pretenda alcanzar a través de la acción política.

El objetivo del nacionalismo político consiste en extender a todo el país las características que, para los seguidores de ese movimiento, son relevantes, lo definen. Ello implica que esas características no sean ya universales en el país, bien por la presencia de individuos de otros orígenes que no las comparten, bien porque las influencias externas han provocado que se perdiesen incluso entre los originarios de dicho país. No tiene ningún sentido, en cambio, un movimiento nacionalista que se proponga conservar lo que ya existe y no resulta amenazado. 

Así, pese a la preocupación del general De Gaulle por la “grandeur de la France” no formó un partido nacionalista francés. No hubiese tenido sentido en aquel momento, en que la identidad francesa no se sentía amenazada. En cambio, medio siglo después, como consecuencia de la inmigración ha surgido el Frente Nacional de Le Pen y ha crecido hasta ser una de las fuerzas políticas fundamentales del país. De igual manera, el orgulloso aislamiento británico no dio lugar a un partido nacionalista inglés (o británico), pero la inmigración si ha dado lugar a la aparición del UKIP.

En Irlanda, en cambio, la mayoría de la población no conoce o, al menos , no utiliza la lengua irlandesa, pero no como consecuencia de una inmigración masiva desde Inglaterra, sino porque la dominación de Gran Bretaña sobre el Eire favoreció que los irlandeses adoptasen la lengua de los ocupantes.

La voluntad de extender las características que se consideran definitorias de la nación es evidente en nuestro país. El nacionalismo catalán lo manifiesta claramente en una de sus expresiones preferidas: la construcción nacional de Cataluña. Sólo tiene sentido construir lo que aún no existe o, al menos, no está completo. Por tanto, el uso de esa expresión implica, primero, que pretenden construir la nación catalana y, segundo, que esta nación aún no existe o, como mínimo, no está completa.

De la misma manera,  partidos como  el Partido Popular, cuyos cuadros, afiliados y simpatizantes comparten indudablemente un sentimiento nacional similar (pero cuyo objeto ideal no es Cataluña, sino España) no se define como partido nacionalista: en su imaginación, la nación española ya existe y, por tanto, no es preciso edificarla. Sólo cuando se advierte una amenaza se percibe como objetivo la defensa de la nación frente a la misma y surgen partidos claramente nacionalistas o los ya existentes asumen una beligerancia en este ámbito (la voluntad manifestada por el ministro Wert de “españolizar a los niños catalanes” es una clara prueba de lo que decimos).

La actual situación política en Cataluña expresa el conflicto entre dos nacionalismos encontrados e incompatibles, es decir, entre dos proyectos de país antagónicos: para unos y para otros, deben generalizarse a todo el país (al que respectivamente consideran su país) las características que definen a su nación, es decir, al objeto ideal de su sentimiento patriótico. Y el predominio de un nacionalismo implica la desaparición o, al menos, reducción de las características defendidas por el otro.

La independencia no es, en realidad, sino un medio para conseguir el triunfo del proyecto nacionalista catalán, eliminando la influencia del Estado español  que alienta el sentimiento nacionalista español. También es la consecuencia lógica del sentimiento nacionalista catalán: un país que presenta características esenciales propias y radicalmente diferentes de los países vecinos debe organizarse mediante un Estado propio. Simétricamente, la independencia de Cataluña supondría la quiebra, no de la España real (un país con diferencias lingüísticas y culturales al que se ha incorporado un número muy elevado de inmigrantes de diferentes orígenes), sino de la idea de España que comparten quienes la consideran su nación.

Ciertamente, la independencia de Cataluña tendría consecuencias tangibles por lo que no sería absurdo defenderla como objetivo político por motivos racionales. Pero, por una parte, esas consecuencias no están claras, sobre todo a corto o medio plazo; ignoramos cual sería la reacción de la economía ante la independencia, sobre todo ante una declaración unilateral de independencia. Tampoco podemos predecir con seguridad cual sería la reacción de los países europeos, varios de los cuales afrontan sus propias tensiones centrífugas.

Por otra parte, la consecuencia que parece más importante, el fin del denominado “expolio fiscal”, que se nos presenta como un argumento racional, se fundamenta en realidad en un prejuicio derivado del sentimiento nacionalista. Sólo dando por sentado que los impuestos pagados por los contribuyentes de Cataluña deben revertir íntegramente a los ciudadanos catalanes, en forma de servicios públicos, inversión estatal, ayudas, subvenciones…se puede sostener que “España nos roba”. El análisis basado en las balanzas fiscales podría efectuarse a nivel provincial, comarcal o municipal. La razón de que se descarte es, evidentemente, que en estos ámbitos los resultados de tal análisis no tienen la resonancia emocional que tienen cuando apoyan el enfrentamiento nacionalista.

De todo lo anterior se desprende que el conflicto catalán es irresoluble porque se plantea en términos que no permiten un compromiso. La construcción de la nación catalana excluye que Cataluña se integre en la nación española, y esta integración, a su vez, exigiría la desaparición de Cataluña como nación.

Ahora bien, el planteamiento puede efectuarse en otros términos. Primero, reconociendo que las naciones son tan solo objetos imaginarios, sin existencia real. Segundo, aceptando y respetando los sentimientos de todos los seres humanos. Tercero, renunciando a imponer nuestros propios sentimientos como ley común a todos los demás. A partir de estas bases y de los principios fundamentales de la democracia es posible la acción política para resolver cualquier conflicto.

Los perdedores

Texto de la carta remitida por el autor a D. Juan José López Burniol en respuesta al artículo que publicó en "La Vanguardia" titulado "Los perdedores". El artículo puede consultarse en https://arxivador.wordpress.com/2015/10/03/los-perdedores-juan-jose-lopez-burniol-la-vanguardia-3-10-15/

Apreciado Sr. López Burniol:

No se si le llegarán estas líneas, ya que tengo entendido que se ha jubilado de su profesión de Notario y la única dirección de correo electrónico que tengo de Ud. es la del Colegio Notarial.

En su artículo “Los perdedores”, publicado en “La Vanguardia” de hoy, 3 de octubre que, en lo demás comparto, propone como posible solución, cuatro puntos, de los cuales dos, a mi juicio, equivalen a asegurar el predominio de un extremo sobre el otro.

En efecto, propone Ud. reconocer a Cataluña la condición de nación y atribuir a la Generalidad competencias exclusivas en lengua, enseñanza y cultura, si bien los soberanistas deberían renunciar a la independencia. 

Ahora bien, la independencia es, simultáneamente, una consecuencia lógica y un instrumento para conseguir el objetivo de los nacionalistas: la construcción nacional de Cataluña. ¿Qué es eso?

Cataluña, como Ud. no puede ignorar (aunque tal vez no le guste reconocerlo) es un país en que, junto a la población que desciende de padres, abuelos, bisabuelos… ya nacidos aquí, vive una población nacida fuera o cuyos padres o abuelos vinieron desde otras partes de España y que conserva la lengua castellana, algunas costumbres de sus lugares de origen y una vinculación emocional con esos lugares y el país (España) al que pertenecen. Además, en su mayoría, esta segunda parte de la población ha creado también un vínculo emocional con Cataluña, adoptado costumbres y aprendido el catalán. 

La construcción nacional de Cataluña consiste en hacer que la lengua, cultura y costumbres catalanas (las del primer grupo) sean predominantes en número, logrando que los descendientes de inmigrantes abandonen su lengua, cultura y vinculación emocional con España, adoptando las de los catalanes “de origen”. Se trata de crear un país homogéneo en torno a la lengua y cultura aborígenes, partiendo de una situación de mezcla, de mestizaje en que (según el Idescat) el catalán es minoritario.

Afirmar que Cataluña es una nación es, claramente, afirmar que lo que no es sino un proyecto de futuro es ya una realidad. Si Cataluña es, actualmente, una nación, ¿por qué razón es preciso construirla?

Afirmar en la Constitución española que Cataluña es una nación supone, por una parte, predeterminar el modelo de país que se va a construir, aceptando el proyecto nacionalista catalán, cuando este proyecto no tiene ni siquiera la mayoría de votos, según parecen indicar las recientes elecciones (si bien sólo un referéndum podría aclarar definitivamente esta cuestión). Además, supone reconocer el derecho a la independencia, ya que es la única consecuencia que puede deducirse de tal reconocimiento.

Por todo ello, en mi opinión, la solución pasa por reconocer, unos y otros, que Cataluña no es homogénea, que no tiene un destino necesario y que su futuro lo elegiremos los ciudadanos, siempre por medios democráticos, algo que, precisamente, quieren evitar los catalanistas, convenciéndonos de que está ya escrito en la propia naturaleza de Cataluña.

Si ha llegado Ud. hasta aquí, le agradezco su atención. Un cordial saludo.



miércoles, 30 de septiembre de 2015

Elecciones 27 S

Lo primero que se ha de decir de los resultados de las elecciones al Parlament del 27 de septiembre de 2015 es que ganó ampliamente la lista de Junts pel sí. Esto, que parece una perogrullada, hay que decirlo porque, como de costumbre, todas las formaciones han pretendido aparecer como victoriosas y presentar a los adversarios como perdedores.

Después, hay que señalar que no se ha tratado de un plebiscito. Dos formaciones se han negado a entrar en el juego planteado por los independentistas y alinearse con el sí o el no a la independencia: UDC ha venido a decir que ellos no quieren la independencia en la forma propuesta por Junts pel sí, lo que no significa forzosamente que en un referéndum hubiesen votado en contra. Por su parte, Catalunya sí que es por no se ha pronunciado claramente y, al parecer, incluye partidarios de ambas opciones.

Por tanto, no se pueden contar exactamente los partidarios de la independencia y los contrarios a ella. Pero las elecciones han dejado claro que hay un gran número de ciudadanos de Cataluña con derecho a voto que apuestan por la constitución de un estado catalán independiente y otro gran número de partidarios de mantener a Cataluña dentro de España. Ambos grupos, próximos a la mitad del electorado, lo que supone un país polarizado, si no dividido.

Esta polarización en torno a dos posturas antagónicas puede dar lugar a un conflicto serio, que determine no solo la ingobernabilidad política, sino divisiones irreconciliables entre quienes comparten vecindad, amistades o vínculos familiares. Y eso se habría de evitar a toda costa.

La única solución es llegar a un equilibrio, una componenda que beneficie a ambas partes, aunque no satisfaga a ninguna. Y esta solución exige inexcusablemente cesiones por parte de todos. Ahora bien, en los términos en que se ha planteado, independencia si o no, blanco o negro, no es posible llegar a un acuerdo. Solo cabe la prevalencia de una de las dos posturas, y el aplastamiento de la otra.

Pero, en realidad, la cuestión está mal planteada en estos términos. Una Cataluña independiente, dentro de la Unión Europea y manteniendo una relación cordial con España no sería sustancialmente distinta de la actual. Los catalanes no votarían en las elecciones a las Cortes generales, algunas políticas, no regidas por las instituciones europeas, serían divergentes, y poco más.

Lo que está en juego no es la independencia, sino algo que va más allá: el modelo de país que queremos. Los independentistas quieren la independencia para construir la nación catalana, un país de lengua y cultura exclusivamente catalanas (bueno, el inglés sería segunda lengua), emocionalmente centrado tan solo en Cataluña y depurado de cualquier contaminación española.

Frente a este proyecto, respetable pero no obligatorio, ¿qué ofrecen los partidarios de la unión? Los nacionalistas catalanes responden que un proyecto diametralmente opuesto al suyo: una Cataluña construida a imagen y semejanza de Castilla en lengua, cultura y demás elementos con carga emocional. Así, pretenden convencernos de que la verdadera opción es la planteada en las que denominaron elecciones plebiscitarias: independencia sí o no, nacionalismo catalán o nacionalismo español.

Pero, en realidad, la mayoría de quienes han votado las listas que se oponen a la independencia de Cataluña no son partidarios de ese proyecto nacionalista español. Son, somos, personas con vínculos emocionales con España y con Cataluña, mayoritariamente bilingües, que rechazamos tanto la intransigencia del nacionalismo catalán como el orgullo trasnochado del nacionalismo español. Que creemos que la aportación de la inmigración enriquece la herencia autóctona, en lugar de desmerecerla. Que no pretendemos privar a nadie de su lengua o sus sentimientos, pero tampoco queremos que otros nos impongan los suyos.

Sobre esta base es posible la resolución del conflicto. Lo sería, incluso, tanto en una Cataluña independiente como en una Cataluña vinculada a España. Ahora bien, es imprescindible renunciar a la imposición de ambas posturas extremas. Solo la koiné, el mestizaje puede mantener la convivencia.

domingo, 9 de noviembre de 2014

¿Por qué le llaman independencia cuando quieren decir nacionalismo?

La Constitución española prevé un procedimiento de reforma constitucional que se basa en el procedimiento legislativo ordinario, con algunas especialidades relevantes. Dicho procedimiento debe iniciarse con una propuesta, que pueden formular el Gobierno, el Congreso o el Senado. Las Asambleas de las Comunidades Autónomas pueden solicitar del Gobierno la adopción de un proyecto de Ley o remitir al Congreso una proposición de ley.

La independencia de Cataluña requeriría la reforma de la Constitución, bien reconociéndola directamente, bien reconociendo el derecho a la separación y regulando la forma de ejercerlo. Esta segunda vía sería la más lógica, pues la primera equivaldría al reconocimiento de un hecho consumado.

El Parlamento de Cataluña, la Asamblea legislativa de la Comunidad Autónoma, no ha iniciado el procedimiento de reforma constitucional, pese a que las formaciones independentistas tienen una amplia mayoría. Evidentemente, la reforma no llegaría a producirse, pues la proposición no tendría el apoyo de las tres quintas partes de Congreso y Senado, pero supondría el inicio formal del proceso independentista, una declaración de voluntad que no podría ser ignorada.

En su lugar, el Gobierno catalán y las fuerzas que le apoyan han optado por tratar de organizar un referéndum que, por una parte, carecen de competencia para convocar y, por otra, no tendría ningún efecto vinculante sin el previo reconocimiento de que su resultado daría lugar, en su caso, a la secesión efectiva. ¿Por qué?

Lo que pretenden las fuerzas independentistas es incrementar la polarización, el desencuentro entre lo que ellos denominan España (es decir, el resto de España) y Cataluña y potenciar el sentimiento de diferencia y el victimismo, la sensación de maltrato. Tratan, en una palabra de fomentar el sentimiento nacionalista de la población que es, en definitiva, su verdadero objetivo: la "construcción nacional" de Cataluña.

La independencia llegará más tarde o más temprano, cuando el desencuentro sea irreversible e insoportable, como consecuencia de la ampliación de la hegemonía del nacionalismo y permitirá a éste la culminación de su objetivo final: la creación de una Cataluña totalmente depurada de la influencia española, en la que los inmigrantes o descendientes de inmigrantes no tengan, como tales, ninguna influencia y no representen, por tanto, ninguna amenaza o freno para que los catalanes "de verdad" sigan controlando todos los resortes del poder.

domingo, 28 de septiembre de 2014

Mis razones contra la independencia

El nacionalismo catalán es el proyecto político que persigue la construcción nacional de Cataluña, es decir, el predominio de los elementos claramente emocionales que, a juicio de los nacionalistas, construyen la identidad catalana: la lengua y la cultura basada en ella, fundamentalmente.

La independencia de Cataluña es, al propio tiempo, la consecuencia lógica y una condición sine qua non de dicho proyecto: una vez Cataluña sea una nación, carece de sentido que forme parte de un Estado en que coexista con otras naciones o, en otras palabras, donde esos elementos identitarios no sean predominantes. Pero también, para conseguir ese predominio es imprescindible eliminar la protección que el Estado español representa para los elementos foráneos, en otras palabras, para la lengua y la cultura españolas (dentro de Cataluña, obviamente).

Para quien escribe estas líneas, nacido en Cataluña de padres no catalanes, educado en lengua castellana, que aprendió el catalán en la edad adulta y vinculado emocionalmente a España, pero también a Cataluña, el proyecto nacionalista y la independencia como consecuencia obligada y herramienta para la consecución de dicho proyecto plantean un dilema: optar por una u otra identidad. Si Cataluña se convierte en un Estado - nación, deberé abandonar parte de mi identidad y asumir como propios los elementos que, a juicio de los nacionalistas, determinan la identidad catalana. Si no quiero hacerlo, seré un extranjero en Cataluña, o deberé emigrar a otro país, donde también seré extranjero, totalmente o, en el caso de España, por mi vinculación emocional con Cataluña.

Las celebraciones del tricentenario de la toma de Barcelona por las fuerzas de Felipe V son una expresión perfecta de esta situación: para los nacionalistas catalanes, los catalanes que apoyaron al archiduque Carlos eran y son los buenos y los españoles eran y son los malos. Ante este maniqueísmo, uno debe optar por el bien o por el mal. Planteado el problema en estos términos, no caben la síntesis o el compromiso.

Pero, naturalmente, si que caben soluciones. En primer lugar, reconocer que estamos en el siglo XXI y que el mundo, Cataluña y España han cambiado. Aceptar nuestra propia responsabilidad ante los desafíos de la vida actual, en lugar de pretender aplicar una receta de hace tres siglos. Reconocer a los demás el derecho a tener sus propios sentimientos, sin pretender en ningún caso imponerles los nuestros. Y, sobre todo, admitir que el mundo no es, ni puede ser perfecto.

Por lo que a mi respecta, me niego a definirme en términos de la Guerra de Sucesión. No quiero renunciar a ninguna parte de mi identidad (si acaso a mis defectos, si forman parte de ella). No quiero imponer a nadie mis sentimientos; sólo que los demás los respeten como yo respeto los sentimientos ajenos.

Hoy mismo, tengo claro que una Cataluña independiente no satisfaría estos deseos, porque el objetivo de la independencia es construir una sociedad no solo distinta, sino contraria a ellos. Por ello soy partidario de que Cataluña siga formando parte del Estado español, aunque ello suponga también soportar elementos que me desagradan.

P.S.: Si alguien lee estas líneas, le ruego que advierta que no aparecen en ellos los términos "nación española", "Constitución", "sagrada unidad de la Patria" u otros similares. 

domingo, 31 de agosto de 2014

Nacionalismo e Historia

Por regla general, todos tenemos unos sentimientos acerca del lugar de donde procedemos, del grupo humano al que, por nacimiento y educación, pertenecemos. Normalmente, tales sentimientos son favorables, en cuanto hemos interiorizado los elementos comunes de dicho grupo y, por tanto, pensamos favorablemente acerca de algo que forma parte de nosotros mismos.

Estos sentimientos son normales e, incluso, es posible que hayan sido importantes para nuestra supervivencia como especie: como animales sociales, nos han facilitado la incorporación al grupo, la tribu o el clan y el trabajo o el sacrificio por dicho grupo, tribu o clan.

Por supuesto, en la actualidad, nadie conoce a todos los miembros, ni siquiera todos los asentamientos de su grupo de pertenencia: ni siquiera en países pequeños un ciudadano conoce a todos los demás, o todas las poblaciones y lugares de su país de origen o de residencia. Por ello, vinculamos nuestro sentimiento de pertenencia a unas generalizaciones, a unos elementos ideales que consideramos representativos de nuestro grupo o país, que pueden ser la lengua, la religión, las costumbres u otros similares que, a nuestro entender, nos unen a nuestros compatriotas y nos diferencian de los extranjeros, de los otros.

Pero el nacionalismo político es otra cosa. El nacionalismo político sólo surge cuando consideramos que esos elementos representativos de nuestro país y, por tanto, este mismo, corren el riesgo de desaparecer como consecuencia de la acción de elementos extraños, ya sea la pertenencia a un Estado en que esos elementos no son compartidos por todos sus integrantes, ya por la presencia de inmigrantes de otros orígenes que, igualmente, no comparten tales elementos integradores. El nacionalismo es el proyecto de crear un país en que predominen esos elementos que consideramos definitorios del país con el que nos identificamos.

Por ello, por ejemplo, pese a las reiteradas referencias del general De Gaulle a la "grandeur" de Francia, no creó un partido nacionalista francés, sino que éste surgió cuando Le Pen aglutinó el miedo a la inmigración y al riesgo de que Francia perdiese su esencia por la entrada de inmigrantes.

De igual manera, en España los denominados "nacionalismos periféricos" surgen como proyecto de construir países en que los correspondientes elementos integradores (fundamentalmente la lengua) sean predominantes. Los partidos de ámbito estatal no pueden ser calificados como partidos nacionalistas (españoles) en cuanto sus integrantes sienten que sus propios elementos integradores son ya hegemónicos. Sólo cuando esta hegemonía es contestada desde la periferia, surgen partidos que hacen bandera del proyecto de defender y mantener tal hegemonía, aunque sus votantes y partidarios ya compartiesen los sentimientos de pertenencia que subyacen bajo tales proyectos.

Cosa distinta es la retórica de los diferentes partidos. Cada uno de ellos afirma que, en el pasado, sus elementos integradores eran hegemónicos en los correspondientes grupos y, de ello, extraen la consecuencia de que así debe seguir siendo por siempre. Con ello incurren en un doble error: consideran que la Historia es definitiva y vinculante, pero sólo en cuanto al período que se ajusta a sus proyectos. Para el nacionalismo español, los siglos en que la Península estuvo dividida en una pluralidad de reinos son sólo preparatorios de la unión bajo una sola monarquía (y la separación de Portugal es un hecho antihistórico que debe ser corregido algún día), mientras para el nacionalismo catalán los siglos de pertenencia a la monarquía española son tan solo producto de una imposición y, por tanto, pueden ser borrados de la Historia.

No podemos modificar la Historia, pero eso no significa que no podamos, en el presente, decidir hacia dónde queremos dirigirnos en el futuro, siendo siempre conscientes de que esas metas podrán, a su vez, ser modificadas o abandonadas. Pero, en cualquier caso, al mirar hacia atrás, al tratar de aprender de la historia, no podemos fijar nuestro campo de visión únicamente en el período que nos interesa, prescindiendo de aquéllos que no convienen a nuestros prejuicios, pues ello equivale a edificar castillos en las nubes.

¿Qué conclusiones podemos extraer? La primera, que en esta materia predominan los sentimientos y, como no es posible imponer o corregir sentimientos, debemos tratar de evitar que el debate político se centre en este ámbito. Y, en segundo lugar, que la idea de que la Historia es vinculante es profundamente antidemocrática y, por tanto, debe ser rechazada. Debemos construir la casa en la que hemos de vivir nosotros y que, presumiblemente, hemos de dejar a nuestros hijos, que se encargarán de hacer las reformas que su tiempo requiera. No estamos obligados a vivir en la casa de nuestros abuelos, como nuestros nietos no estarán obligados a vivir en la nuestra.


domingo, 26 de enero de 2014

La dignidad del sirviente

En su artículo "Fue hermoso mientras duró" (La Vanguardia, 25 de enero de 2014, pág. 28) Juan-José López Burniol afirma que, el que un socialista procedente de la inmigración -José Montilla- alcanzase la presidencia de la Generalitat honra tanto al país que lo hizo posible por su talante abierto como a quien asumió el cargo por la dignidad con que la ejerció. (Ir al artículo)

José Montilla había sido durante muchos años alcalde de una localidad tan importante como Cornellà de Llobregat y, antes de asumir la presidencia de la Generalitat, ministro del Gobierno español. ¿Por qué, pues, el Sr. López-Burniol destaca la dignidad con que ejerció el cargo, como si fuese dudoso, a priori, que estuviese a la altura e, incluso, como si fuera sorpredente? ¿Hablaría de la dignidad con que ejercieron el mismo cargo Pujol, Maragall o Mas?

Pese a su talante moderado, se le escapa aquí al señor notario el prejuicio fundamental del nacionalismo (no de CiU, sino de todos los que defienden que Cataluña es una nación): los catalanes son superiores, los dueños de la finca , por eso, tienen derecho natural a gobernar. Los charnegos (la palabra es tabú, pero es la que cuadra al concepto) son unos advenedizos, buenos sólo para servir, para obedecer.

Esta idea es profundamente antidemocrática, ya que es contraria a la igualdad de todos los ciudadanos, sin que puedan admitirse diferencias por causas tales como el sexo, la raza, la religión, el origen...Las diferencias deben venir determinadas por el mérito, por la preparación, por la ejecutoria y, en último término, por el apoyo de los votantes según el viejo dicho: un hombre (una persona) un voto.

La realidad que el Sr. López-Burniol describe en su artículo es la expresión de este mismo prejuicio: un partido en que los líderes pertenecían a la burguesía catalana de toda la vida, nacionalistas, pero con ideas progresistas, y las bases procedían mayoritariamente de la inmigración, votando al mismo partido, al aparecer el PSC como franquicia del PSOE, aunque tal vez no al mismo ideario, ya que éste lo imponían las élites según sus criterios. La contradicción tenía que manifestarse en algún momento.

La solución ha de ser, necesariamente, el abandono del prejuicio y de la política de asimilación de los charnegos (la mayoría) por parte de los "catalanes de toda la vida", es decir, la aceptación por parte de los primeros de la lengua, cultura y sentimientos de los segundos, que es la plasmación de ese prejuicio. Cataluña es mestiza, plural y un país democrático no puede dar la espalda a esta realidad. 

domingo, 29 de diciembre de 2013

Legalidad

Las autoridades, civiles y, sobre todo, militares que permanecieron fieles a la República durante al Guerra Civil española fueron después condenadas por los sublevados victoriosos. Paradójicamente, el delito que se les imputó fue el de rebelión militar, el mismo que habían cometido los vencedores.

La  argumentación que utilizaron para ello fue que, una vez producido el pronunciamiento, la legitimidad correspondía a los rebeldes y prevalecía sobre la legalidad, de forma que todos estaban obligados a unirse y someterse al bando nacional. Quien no lo hizo, ajustándose a la legalidad republicana, se rebeló contra la supuesta legitimidad del levantamiento franquista.

No pretendo, en modo alguno, comparar o equiparara los actuales independentistas catalanes con los sublevados de 1936. Pero su argumentación es la misma: el derecho a decidir que alegan no está reconocido en ningún texto legal, interno o internacional, pero lo esgrimen como si procediese de una norma de rango superior a la misma Constitución. Así, exigen un referéndum sobre la independencia de Cataluña prescindiendo de los límites constitucionales de dicha figura: referéndum consultivo de todos los ciudadanos, señala el artículo 92 de la Constitución, que añade que será convocado por el Rey, mediante propuesta del Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados. Es decir, generalidad y un procedimiento riguroso.

Como se ha señalado en otra entrada de este blog, es posible resolver la situación con arreglo al ordenamiento jurídico vigente. Pero, lo importante es que, si prescindimos del principio de legalidad en virtud de una supuesta legitimidad superior a la ley formal, convertimos a esta legitimidad en norma suprema que todo lo justifica. Como condenar a quien cumplió las obligaciones que le imponían la Constitución y las leyes como rebelde, precisamente por parte de unos rebeldes. 

Addenda a "El coste de la independencia"

Una pregunta me ronda la cabeza desde hace días. Creo que es importante para muchos ciudadanos catalanes que, como yo, contemplan la jubilación como un acontecimiento relativamente próximo (aunque no sepamos de cuantos años hablamos, como consecuencia de la crisis económica que no ha acabado).

La Seguridad Social a la que hemos estado cotizando durante nuestra vida profesional, en cuanto a la prestación de jubilación, al menos, se basa en un sistema de capitalización, aunque no puro: existe un fondo de reserva constituido por las aportaciones obligatorias de empresarios y trabajadores, que se ha de destinar al pago de las pensiones.

El importe de la pensión depende de lo aportado para cada trabajador, es decir, del número de años cotizados y del importe de las aportaciones, determinado en función de la escala salarial. Para tener derecho a la prestación, es preciso haber cotizado durante un número suficiente de años y el importe se determina de acuerdo con las cuantías cotizadas durante el número de años que determina la Ley, partiendo de la fecha de jubilación.

Pues bien, ¿qué ocurrirá con las pensiones en caso de que Cataluña se independice? Quienes ya hubiesen empezado a percibir las prestaciones no tendrán más problemas que los de un pensionista expatriado: seguirán cobrando de la Seguridad Social española. Pero quienes no hayan alcanzado la edad de jubilación ¿tendrán derecho a percibir algún importe de la Seguridad Social española, no habiendo cotizado a la misma durante los últimos años de su vida profesional? ¿Tendrán derecho a percibir una pensión de la Seguridad Social catalana, no habiendo cotizado a la misma más que unos pocos años (desde la independencia hasta la jubilación)?

Si la independencia se produjera de forma amistosa cabría negociar la división del fondo de reserva: la Seguridad Social catalana podría percibir la parte del fondo correspondiente a los trabajadores catalanes, asumiendo el pago de las correspondientes pensiones, con lo que se reproduciría (aproximadamente) la situación actualmente normal: se podría computar, para determinar el derecho a la prestación y su importe la totalidad de la vida laboral.

Pero, en caso de separación unilateral, la Seguridad Social española retendrá el fondo de reserva, y pagará a los trabajadores catalanes, cuando se jubilen, únicamente si, en los años en que hayan cotizado, han devengado derecho a la prestación, es decir, no computarán los años posteriores a la independencia, en que el trabajador ya habrá cotizado a la Seguridad Social catalana. Ésta, por su parte, sólo concederá pensión a quienes cumplan los requisitos de cotización que se establezcan que, lógicamente, no podrán tomar en consideración las cotizaciones a la Seguridad Social española.

Creo que la cuestión tiene importancia suficiente como para exigir que nos la aclaren antes de que se celebre cualquier consulta o se adopte cualquier decisión en este sentido. Como cantaba Lluís Llach, ...la fe no ens farà viure del passat.

miércoles, 25 de diciembre de 2013

Independencia, democracia y legalidad

Desde un punto de vista de derecho positivo, tiene razón Rajoy cuando afirma que la Constitución no permite celebrar un referéndum entre los catalanes acerca de la independencia de Cataluña.

Sin embargo, parece que también los independentistas están cargados de razón cuando afirman que es antidemocrático negarse a consultar a los ciudadanos acerca de un punto esencial de la organización política de la que forman parte.

En realidad, ambas partes están en ámbitos diferentes que se rigen por reglas diferentes. Los independentistas olvidan que un elemento esencial de la democracia es el Estado de derecho, el principio de legalidad: en democracia, la voluntad de los ciudadanos se traduce en leyes obligatorias para todos, tanto los que han votado (directamente o a través de representantes) a favor, como los que han votado en contra. Si las leyes no se cumplen, no hay democracia porque la voluntad de los ciudadanos no decide, no llega a determinar la realidad.

Ahora bien, Rajoy olvida que la Constitución prevé su propia reforma, por lo que, dentro del sistema legal, es posible cambiar todas las leyes, incluidos los artículos esenciales del texto constitucional. Por tanto, es posible conciliar ambos niveles, respetando el texto y el espíritu de la Constitución de forma estrictamente democrática.

Una vía para ello sería modificar la Constitución (por el procedimiento previsto en su artículo 168, que incluye un referéndum entre todos los ciudadanos españoles) para reconocer a Cataluña (rectius, a los ciudadanos de Cataluña) el derecho de autodeterminación. No obstante, esta vía parte de suponer que los ciudadanos de Cataluña quieren la independencia, lo que, en cualquier caso, no se les ha preguntado de forma explícita y vinculante, previo el correspondiente debate.

Por ello, parece mejor, menos complejo, plantear primero una consulta no vinculante (o vinculante sólo para el gobierno de la Generalidad) acerca de la voluntad de los catalanes de constituirse en un estado independiente y, sólo si la respuesta es afirmativa, iniciar el proceso de reforma constitucional.

En este proceso tendría un papel esencial la pregunta que formulábamos en otra entrada del blog: ¿Qué argumentos permitirían al resto de España obligar a Cataluña a permanecer unida al Estado español, simplemente por el juego de las mayorías?

Entendemos que este mecanismo es perfectamente legal, ya que no se atribuye a los catalanes una decisión que la Constitución atribuye a todos los ciudadanos españoles, y permite tanto a unos como a otros expresar democráticamente su voluntad. Además, no supone reconocer  a Cataluña el denominado "derecho a decidir" (la facultad de decidir unilateralmente su separación de España) si saber siquiera si es solicitado por la mayoría de los ciudadanos catalanes.

(Se han pronunciado en términos semejantes en "La Vanguardia" Francesc de Carreras y José Arias Velasco y no descartamos otros textos en sentido similar en otros medios).