martes, 14 de octubre de 2008

Responsabilidad

Se ha hablado mucho de los sueldos estratosféricos que percibían los directivos de los bancos que han provocado la actual crisis y de las indemnizaciones que, para caso de despido, blindaban sus contratos. En resumen, cobraban por provocar la quiebra de sus compañías y, si querían sustituirles por su mala gestión, les tenían que pagar una millonada.

Pero parece que nadie se acuerda de un principio del Derecho que rige en España y, probablemente, también en los Estados Unidos (aunque nunca se sabe). Se puede enunciar con la castiza frase: "El que la hace, la paga". En términos menos coloquiales, se trata de la responsabilidad civil por actos propios.

Si, realmente, la conducta de estos directivos ha sido nefasta para las entidades que gestionaban, éstas tienen derecho a exigirles una indemnización por un importe igual al de los daños debidos a su actuación. Por esta vía se puede obtener, al menos, que estos directivos pierdan los beneficios obtenidos indebidamente, a costa de perjudicar a las empresas para las que trabajaban. Exigiendo estas indemnizaciones se lograría que, en el futuro, los directivos se tentasen la ropa antes de seguir políticas cortoplacistas que, a largo, perjudicasen a las empresas.

Pero probablemente estas indemnizaciones nunca se exigirán. Primero, porque hacerlo llevaría a cuestionar la actuación de los órganos, empresariales y estatales, de control, que permitieron continuar estas actuaciones. Y, segundo, porque esos directivos han conectado con el poder político, han hecho favores, conocen secretos y, en definitiva, pueden perjuidicar a quien pretenda exigirles que paguen por sus pecados.

No creo en las revoluciones, que suelen conducir a abusos. Pero, a veces, parece que hace falta una.

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