jueves, 18 de abril de 2013

Independencia, quizá. Democracia, seguro.

En términos generales, sin pensar todavía en el caso concreto, ¿qué puede hacer un estado democrático cuando una parte de sus ciudadanos, concentrados en una zona geográfica determinada, expresan su deseo muy mayoritario de separarse de dicho Estado y constituirse en un Estado independiente? Agreguemos que, además, tanto la parte que pretende separarse como el resto del Estado inicial son viables, es decir, que la separación no es imposible ni determina el estrangulamiento económico del la parte restante.

En nuestra opinión, un Estado democrático, en la anterior situación, no puede hacer otra cosa que admitir la separación. Que la parte que se oponga a la secesión obligue a una población a permanecer en el Estado contra su voluntad, en las condiciones expresadas, resulta contrario al concepto mismo de democracia, como gobierno del pueblo. Es, claramente una imposición similar, aunque no idéntica, a la colonial.

Ello es así incluso cuando la constitución del Estado se ha producido por vías democráticas, mediante la expresión de la voluntad mayoritaria de la población, incluida la que posteriormente pretende separarse. De otra forma estaríamos ante un plebiscito irrevocable que vincularía no sólo a los que tomaran parte en el mismo, sino también a las generaciones futuras que, obviamente, no participaron en él, y no podrían manifestar su voluntad al respecto.

En definitiva, entendemos que cualquier argumento que pretenda esgrimir el Estado para oponerse a la segregación, en las condiciones expuestas, se basará en pretendidos valores absolutos. Y no vemos que puedan ser aceptados otros valores absolutos que los más elementales: la vida humana y la democracia misma, básicamente (quizá algún otro; no es esa la cuestión). De igual manera que no admitimos la inevitabilidad de la secesión como consecuencia de que la parte que se pretende segregar constituya algo tan etéreo como una nación, no podemos admitir su inadmisibilidad porque el Estado constituya algo tan etéreo como una nación.

Pasando al caso concreto de Cataluña, no damos valor ni a la pretendida nación española, ni a la pretendida nación catalana. Sólo a la voluntad de los ciudadanos, conscientemente formada y libremente expresada. Y éste es el primer requisito que falla: los ciudadanos de Cataluña no han expresado su voluntad en relación con la independencia. Han votado a unos partidos, a unas personas; en menor medida, han votado unos programas o unas promesas que, realmente, todos sabemos que son pura palabrería electoral. Además, las leyes electorales no responden al principio "un hombre (una persona), un voto", sino que contienen reglas que traducen los votos en escaños de forma no proporcional.

Por tanto, si el Estado español pretende ser democrático, debe autorizar una consulta dirigida a conocer la voluntad de los ciudadanos de Cataluña acerca de la independencia que solicitan sus representantes. Sólo entonces podremos aplicar las reglas del juego democrático.

Además, convendría fijar algunos puntos, como el porcentaje que se ha de alcanzar para comenzar a hablar realmente de segregación. La mayoría es la mitad más uno, pero en cuestión tan grave parece conveniente exigir una mayoría reforzada, ya que, aunque no definitiva, la decisión ha de ser duradera y, sin duda, es trascendental.

También se habría de determinar qué ocurre si hay zonas diversas que arrojan resultados opuestos: si las tierras del Ebro son contrarias a la independencia, ¿podrían mantenerse en España? En nuestra opinión,sería tan antidemocrático imponerles la permanencia en Cataluña como imponer a una Cataluña mayoritariamente favorable a la independencia la permanencia en España. Pero, ¿y si fuese el Barcelonés contrario a la independencia? La zona más densamente poblada, la que genera más ingresos impositivos, la que tiene mayor población originaria de otras zonas del Estado, ¿puede ser arrastrada por el voto de la Cataluña rural?¿y si en el conjunto de Cataluña se alcanza la mayoría reforzada, pero no en esa zona concreta?

La Constitución española define a España como un Estado social y democrático de Derecho. El resto de su articulado viene a estructurar este Estado, a regular las formas en que la democracia se ha de materializar en medidas concretas. Entre estas formas se encuentra la reforma de la propia Constitución. Por tanto, el que la Constitución no permita la separación de Cataluña no es un impedimento real. Si, como creemos, la democracia exige que esa separación pueda producirse si la desea una mayoría suficiente de ciudadanos, ha de ofrecer y, en nuestra opinión, ofrece vías suficientes para hacerla realidad, dentro de la legalidad, sin abandonar el Estado de derecho (es decir, pasando legalmente del Estado de derecho español al Estado de derecho catalán).

Por cierto, como puede ver cualquiera que lea las entradas de este blog, el autor es rotundamente contrario a la independencia de Cataluña. En un referéndum, votaría en contra. Pero el autor también pretende defender la democracia e imponer las propias preferencias a una mayoría contraria es siempre antidemocrático. 

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