domingo, 25 de julio de 2010

El Estatuto y la financiación

Un lector afirma en "La Vanguardia" que el propósito fundamental del nuevo Estatuto de Autonomía de Cataluña era mejorar la financiación y acabar con el famoso expolio fiscal. En mi opinión, se equivoca totalmente.

El primer tripartito no tenía problemas financieros: no le faltaba dinero para abrir "embajaditas", encargar informes inútiles para beneficiar a cuatro amiguetes, financiar escuelas en Francia o mantener ni sé cuántas cadenas de televisión públicas (TV3, Canal 33, 3/24, una infantil que no recuerdo...). La mejora de la financiación se puso en primer plano posteriormente, a fin de interesar al público que no se apasionaba por el tema identitario.

El nuevo Estatuto se debió a dos cosas: fue una condición que impuso Esquerra Republicana de Catalunya para formar gobierno y fue el atajo que quiso coger Pasqual Maragall para asegurarse el triunfo en las siguientes elecciones e, incluso, barrer a CiU, al batirle en su propio terreno: al demostrar que a nacionalista no le ganaba nadie. Naturalmente, la coalición de derechas subió el envite nacionalista, forzando una escalada que condujo a un texto inviable.

Si el tripartito hubiese querido realmente mejorar la financiación, no la hubiese mezclado con el espinoso problema identitario. No hubiese planteado la reforma del Estatuto, ya que el de 1979 no entraba en materia financiera. Hubiese buscado la reforma de la LOFCA, que era la norma que regulaba (y, modificada, regula) la financiación autonómica.

Y hubiera buscado apoyos en aquellas Comunidades que se encontraban en situación similar a Cataluña, fundamentalmente Madrid. La simple propuesta de una revisión de los presupuestos de cálculo, como consecuencia de un crecimiento importante de la variable población hubiese sonado como música celestial al gobierno de la Comunidad madrileña, aunque perteneciese al PP y ello hubiese asegurado una presión importante, tanto sobre el Gobierno como sobre la oposición.

En cambio, al pretender, como todos los nacionalistas, el reconocimiento del "fet diferencial" catalán mediante un trato distinto (romper el café para todos) y, además, pedir más dinero, disparó las alarmas en todas las Comunidades, que se opusieron, comprensiblemente, a lo que vieron como la posible concesión de privilegios para Cataluña.

Por otra parte, la LOFCA es el texto legal idóneo para recoger el principio de ordinalidad, ya que su función es regular el sistema de financiación de todas las Comunidades Autónomas de régimen común, incluidos los mecanismos de compensación, y ese principio pretende constituir un límite a la acción excesiva de estos mecanismos. El Estatuto, por su propia naturaleza, no debe afectar a otras Comunidades Autónomas, y menos a todas ellas. Por eso, parte de las instituciones afectadas por la sentencia del Tribunal Constitucional son recuperables introduciendo la misma regulación en una ley estatal de aplicación a todas las Comunidades (lo que no significa necesariamente que se aplique igual a todas ellas).

Por último, una referencia al denominado "expolio fiscal". Esta expresión, equivalente a "robo fiscal" (como para despertar simpatías hacia Cataluña, vamos) se refiere al porcentaje de la recaudación impositiva genereada en Cataluña que no retorna al territorio catalán mediante servicios o inversiones estatales o la participación de la Comunidad en los diferentes tributos gestionados por el Estado.

Este desequilibrio se puede enfocar de dos maneras diferentes: los nacionalistas parten de la idea preconcebida de que los impuestos recaudados en Cataluña deben volver íntegramente a Cataluña. Esta idea no es más que un deseo que los nacionalistas quisieran ver convertida en realidad. Ningún precepto, ningún principio de general aplicación atribuye a los contribuyentes, individual o colectivamente, control sobre la aplicación de los tributos satisfechos.

Así, los ricos no pueden quejarse de que parte de los impuestos que pagan sirvan para beneficiar a los desfavorecidos más que a los propios pagadores. No se aceptaría que los ciudadanos de la provincia de Girona, del Camp de Tarragona, de la ciudad de Lleida o del barrio de Pedralbes se quejen de que sus impuestos financien servicios o inversiones que beneficien a otras provincias, comarcas, ciudades o barrios.

Cuando se habla de expolio fiscal, se parte del dogma nacionalista: Cataluña es una nación y, por eso, los impuestos pagados en Cataluña deben permanecer en Cataluña. Más aún, como Cataluña es una nación, su estado natural y lógico es la independencia; como si Cataluña fuera un Estado independiente los impuestos pagados por los contribuyentes catalanes quedarían en Cataluña, ésta es la situación a la que tiene un derecho natural superior a cualquier consideración o restricción (a la Constitución, por ejemplo).

Pues bien, en este blog he expuesto reiteradamente las razones por las que Cataluña no puede ser considerada una nación pero, sobre todo, no hay ningún acuerdo, ninguna norma que asigne a las supuestas naciones ese derecho a retener los impuestos que pagan sus ciudadanos a una autoridad que no coincide con la propia nación. Esta materia queda regulada por el derecho positivo, por las leyes y los tratados internacionales.

Lo que no quiere decir que no haya una segunda manera de tratar la misma materia: el que los impuestos pagados en Cataluña no hayan de quedar forzosamente en Cataluña no quiere decir que el Gobierno estatal pueda distribuirlos arbitrariamente. Las normas que regulan la financiación autonómica (en particular la propia Constitución española) y los derechos individuales establecen límites que el Gobierno catalán podría esgrimir para asegurar una adecuada financiación. Pero tiene más interés (electoral) envolverse en la cuatribarrada (Quim Monzó nos ha enseñado que la palabra "senyera" no se refiere a la bandera de Cataluña) y utilizar el victimismo. Luego volvemos al principio: el gobierno catalán, los políticos catalanes no están interesados en mejorar la financiación, sino en otras cosas; no están interesado en defender los derechos de los ciudadanos, sino en su propio beneficio.

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