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sábado, 10 de julio de 2010

¿Provocación?

Pese a lo que titula en primera página "La Vanguardia" y sostien su Director, la publicación de la sentencia del Tribunal Constitucional que resuelve el recurso planteado por el PP frente al Estatuto de Autonomía de Cataluña no es ninguna provocación.

El Tribunal Constitucional ha cumplido su obligación de dictar sentencia (tarde, es cierto) y, al hacer público su texto, ha permitido que sean conocidos sus fundamentos jurídicos, es decir, los argumentos que le han conducido al fallo que ya conocíamos. Es decir, nos ha puesto en disposición de leerla, valorarla y juzgarla, estando es posesión de todos los elementos necesarios para ese juicio. En una palabra, nos ha dado la posibilidad de actuar racionalmente.

Pero eso, actuar racionalmente es lo que no interesa a los políticos; probablemente a todos los políticos, de todos los partidos. A los nacionalistas, unos y otros, porque el nacionalismo es algo visceral, emocional, reñido con la razón. Al PSOE, probablemente, porque el revuelo generado por la sentencia aparta la atención de lo que verdaderamente importa, que es la crisis económica y su gestión. Quizá el sector no nacionalista del PSC estaría dispuesto a recuperar el sentido común, pero no puede deshacerse de la histeria que el tripartito del que es parte fundamental desencadenó por motivos puramente electoralistas.

Racionalmente no se puede sostener que un país en que la lengua mayoritaria es el español (ver la encuesta lingüística de 2008 del IDESCAT) es una nación separada de España y, mucho menos, que ese argumento justifique un supuesto derecho a la autodeterminación que ningún país reconoce por ese solo motivo. Pero tampoco se justifica decidir que la minoría de lengua catalana en España (o la mayoría de lengua castellana en Cataluña) hayan de abandonar su lengua o su identidad en aras de un sentimiento que no comparten, por fuerte que sea.

Por ello es harto improbable que el deseo de Francesc de Carreras se cumpla: que se cierre el ciclo de rauxa iniciado por la apuesta de Pasqual Maragall para ganar las elecciones de 2003 y anular definitivamente a CiU y seguido de envites crecientes por ambas partes a fin de liderar el movimiento nacionalista, jugando con los sentimientos de la población (y aprovechado por el PP para atizar el miedo al separatismo en su electorado más fiel).

Seguirá la rauxa, seguirá aumentando la tensión emocional, porque a los políticos les interesa para ocultar su nulidad, su incapacidad para colaborar en la solución de los graves problemas que soportamos, para distraer la atención de su corrupción, de que sólo se preocupan de llenarse los bolsillos y seguir en el poder. No sé hasta dónde podemos llegar, pero me temo lo peor.

martes, 20 de abril de 2010

Tribunal Constitucional

Difícilmente podría uno oponerse a la propuesta que formula Miquel Roca hoy, en "La Vanguardia": que se renueven los Magistrados del Tribunal Constitucional que ya hace tiempo han finalizado su mandato y también, llegado el momento, los que están a punto de finalizarlo. Y éso por una razón sencillísima: si no se respeta la Ley, no hay Estado de derecho, no hay seguridad jurídica, no hay democracia.

Ahora bien, que nadie crea que esa sustitución supondrá un verdadero cambio en el papel del Tribunal Constitucional. No, porque el método de selección de los Magistrados conducirá, ineluctablemente, a que se nombren voceros de los partidos, comprometidos, como buenos estómagos agradecidos, a cumplir los designios de sus señoritos. Tendrán un plus de legitimidad formal, pero no tendrán legitimidad material.

La legitimidad material del Tribunal Constitucional vendría dada por unos Magistrados comprometidos sólo con la Constitución, que cumpliesen su función de interpretar la Carta Magna con toda la ciencia jurídica acumulada por una larga experiencia. Humanos y, por tanto, falibles, pero deseosos de cumplir correctamente su función. Pero ésto, hoy en España, es una utopía y aún una utopía ridícula.

El propio Miquel Roca no atiende tanto al escándalo que supone una interinidad ilimitada, cuanto al riesgo de que esta composición del Tribunal pueda conducir a una sentencia contraria a sus intereses, legítimos, pero partidistas. Lo propio sucede con el Director de "La Vanguardia", que se queja del proceso, pero no por los defectos evidentes, sino por el sentido del fallo que anuncian.

Aun más, la Presidenta del Tribunal Constitucional, en lugar de procurar una sentencia, cualquiera que sea su signo, que interprete la Constitución y valore la adaptación del Estatuto a la norma fundamental, persigue únicamente un fallo favorable a una determinada interpretación. Favorable, sobre todo, desde un punto de vista político, no jurídico. Busca, y nadie se recata en señalarlo, una sentencia del agrado del Gobierno, no una sentencia acorde con el verdadero sentido de la Constitución.

Por tanto, que nadie se queje. Si cada uno utiliza la justicia en su propio beneficio y los propios Tribunales se acomodan a esta casa de tócame Roque, quizá sea mejor renunciar al Estado de Derecho. Reconozcamos que ésto es un zoco, todo está en venta y hagamos nuestras ofertas. En una casa de putas, el que manda es el que tiene más dinero; ése se lleva la fulana más maciza al catre y, los demás, a envidiarle y hacerse pajas.

domingo, 18 de abril de 2010

El dueño de la democracia

Contesta Suso de Toro al artículo de Francesc de Carreras que, a su vez, daba la réplica a un artículo del primero sobre la situación creada por el recurso del Partido Popular ante el Tribunal Constitucional acerca de un buen número de artículos del Estatuto de Autonomía de Cataluña. Y lo hace reiterando su pregunta: ¿Quién es al final el dueño de la democracia, la ciudadanía o los jueces miembros de un tribunal?
En un Estado de derecho, no sólo rige el principio de legalidad, que implica la sumisión de todos los poderes públicos (y de los ciudadanos) a la ley, sino también el de jerarquía normativa, según el cuál la Constitución prevalece sobre las leyes y éstas sobre los reglamentos administrativos. La norma que contradice otra de rango superior, es nula y no puede ser aplicada. La Constitución ocupa el lugar superior en esta jerarquía, por lo que es nula cualquier ley, incluso orgánica, que la contradiga.

En cuanto la función de todos los tribunales constitucionales consiste en valorar la adecuación de las leyes (y, en su caso, otros actos de los poderes públicos) a la Constitución, la pregunta de Suso de Toro implica que la voluntad de los ciudadanos prevalece incluso sobre la propia Constitución. Pero ésto, que es el fundamento de la democracia, lo acepta la Constitución misma, que prevé un procedimiento para su reforma o derogación. Lo que Toro y muchos otros plantean es que el Estatuto de Autonomía debe prevalecer sobre la Constitución sin necesidad de acudir a dicho procedimiento: que el Estatuto debe ser aceptado, al haber sido aprobado por el Parlamento catalán y las Cortes Generales y refrendado por la población, aunque sea contrario a la Constitución, sin necesidad de reformar ésta.

En el fondo, esta tesis implica la existencia de una norma de rango superior a la Constitución, que ésta no puede contravenir. Si una norma de rango inferior se ajusta a esa norma supraconstitucional y es contraria a la Constitución, prevalece aquélla sobre ésta. Y, ¿cuál es esta norma supraconstitucional?

Podría ser, en nuestro ordenamiento positivo, el Derecho comunitario. Pero éste no contiene ninguna disposición que pueda ser alegada para hacer prevalecer el Estatuto sobre la Constitución. En realidad, los partidarios de esta tesis no se refieren a ninguna norma positiva sino a algo que, en todo caso, podría formar parte del Derecho natural.

La superioridad del Estatuto sobre la Constitución se basa en el siguiente argumento: Cataluña es una nación; las naciones tienen un derecho natural al autogobierno; ninguna norma positiva puede negar o limitar este derecho; el Estatuto de Autonomía constituye la expresión del autogobierno de la nación catalana, luego no puede ser limitado por la Constitución.

Respecto del primer punto, nadie ha sido capaz de formular una definición del concepto "nación" que resulte generalmente aceptada y, por tanto, permita determinar con una razonable seguridad si Cataluña, o cualquier otra comunidad, país o grupo social constituye o no una nación.

En cuanto al segundo, se trata de un principio que nadie acepta en el Derecho internacional. En realidad, ni siquiera se formula: se trata más bien de un sobreentendido en la argumentación de los nacionalistas partidarios de la segregación respecto de un Estado, pero nunca se somete a discusión.

El tercero, en realidad, es una precisión del segundo: el Estatuto de Autonomía supone la plasmación, reconocida constitucionalmente, del autogobierno de Cataluña: la discusión no se refiere al derecho al autogobierno, pues, sino a la posibilidad de establecer límites al mismo. Ahora bien, hay que recordar que incluso los derechos fundamentales generalmente aceptados (derecho a la vida, a la libertad individual, derechos de expresión, reunión y asociación) pueden ser limitados sin que ello suponga una negación de la democracía.

Por todo ello, son Suso de Toro y quienes, como él, defienden la superioridad del Estatuto sobre la Constitución quienes han de argumentar su postura. Mientras tanto, no cabe escandalizarse de que el control de constitucionalidad se halle confiado a los magistrados que forman un tribunal. Lo que hay que exigir es que estos magistrados hagan bien su trabajo, valorando la compatibilidad del Estatuto con la Constitución vigente, no con la que a los partidos que les eligieron les gustaría tener.

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domingo, 29 de noviembre de 2009

Límites

Si el Estado español quisiese limitar en su territorio la libre circulación de personas, mercancías o capitales, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declararía la disposición contraria al Derecho comunitario y, por tanto, nula. Así sería también si la norma limitativa fuese aprobada por referéndum, incluso si se incluyese en la Constitución.

El Estado español únicamente podría intentar convencer a la Unión Europea de cambiar los tratados o denunciar éstos, abandonando la Unión (y aceptando, claro está, las consecuencias). ¿Por qué? Sencillamente porque ha aceptado, al incorporarse a la Unión, unas limitaciones a su soberanía.

Si las Cortes Generales aprueban una ley orgánica restableciendo la pena de muerte para los culpables de maltrato de género o de descargas ilegales (lo que deben haber considerado seriamente en algunos Ministerios), el Tribunal Constitucional la declarará contraria a la Constitución y, por tanto, nula. Así será incluso si se somete a referéndum (y es aprobada), ya que la pena de muerte está prohibida por la Constitución (salvo en tiempo de guerra).

La única vía para aprobar una ley de estas características sería la modificación de la Constitución que, en este caso, al afectar a un derecho fundamental, requeriría un procedimiento especial, que exige la disolución de las Cortes, nuevas elecciones, la aprobación de la reforma constitucional y el referéndum. ¿Por qué? Sencillamente, porque la Constitución es la norma fundamental de la organización política y jurídica del Estado e impone unas limitaciones incluso a los órganos que ejercen la soberanía.

Los nacionalistas sostienen que el Tribunal Constitucional no puede declarar la inconstitucionalidad de un Estatuto de Autonomía (mejor, del Estatuto de Autonomía de Cataluña) porque ha sido aprobado en referéndum. Los ejemplos anteriores, particularmente el segundo, que plantea la hipótesis de una leu orgánica aprobada en referéndum, muestran la falsedad de esta tesis.

La razón es fácilmente comprensible para cualquiera que acepte razonar: la Constitución española es la norma que crea y regula tanto los Estatutos de Autonomía como los referéndos. Cualquier cosa que se quiera aprobar por estas vías debe someterse a la Constitución, incluso la reforma de la propia Constitución. Otra cosa supone destruir el fundamento mismo sobre el que se pretende edificar. Supone salirse del sistema político jurídico que se asienta en la Constitución.

Los nacionalistas que sostienen que el Tribunal Constitucional no puede declarar la inconstitucionalidad del Estatuto porque ha sido aprobado en referéndum, como Jordi Barbeta en "La Vanguardia" de hoy, pretenden, sencillamente, que la legitimidad del referéndum que aprobó el Estatuto es superior a la legitimidad de la Constitución. lo que supone poner el carro delante de los bueyes, ya que el artículo 1 del Estatuto mismo apela a la Constitución como fuente de legitimidad.


Esta confusión se debe a que, previamente, los nacionalistas han abandonado la realidad, sustituyéndola por sus propios deseos. Primero, creen, pese a la fría estadística (v. en este blog "Cataluña, ¿una nación? y el sitio web del Idescat ) que Cataluña es una nación. Y, en segundo lugar, creen que una nación tiene un derecho natural a la soberanía que precede a cualquier otro derecho, ya venga reconocido por la ley natural (?) ya por el derecho positivo lo que, evidentemente, no está reconocido en ninguna norma.

La pretensión de que el referéndum que aprobó el Estatuto excluya el control de constitucionalidad del mismo es, pues, no sólo absurda, sino que constituye un atentado directo contra el Estado de Derecho. Si se acepta que el Estatuto puede vulnerar la Constitución (porque nadie puede declarar y corregir tal vulneración, si se produce), es forzoso aceptar que cualquier actuación basada en la misma legitimidad prevalece sobre la Constitución y sobre todo el sistema jurídico asentado en ella. Una declaración unilateral de independencia, por ejemplo. O el terrorismo.

En efecto, el terrorismo de ETA (como, en su día, el de Terra Lliure) se ampara en la afirmación de que la legitimidad de los separatistas es anterior y superior a la Constitución y al Estado que regula. En consecuencia, es el Estado el agresor y, por tanto, es legítimo oponerse a él con la violencia.

No digo que los nacionalistas sean terroristas (aunque sin duda ETA es nacionalista). Digo, simplemente, que su argumentación, la misma que están utilizando para negar al Tribunal Constitucional legitimidad para controlar la constitucionalidad del Estatuto, conduce a defender el terrorismo. Que cada cual saque sus propias conclusiones.

jueves, 26 de noviembre de 2009

Editorial conjunto

El Tribunal Constitucional ha demostrado sobradamente su politización. Se acepta sin cuestionarlo que sus magistrados han sido nombrados por su afinidad a los partidos políticos que los propusieron. Su Presidenta ha utilizado sus poderes para procurar obstruir una sentencia que no le interesa (que no interesa al partido que la designó) y lograr una más favorable desde el punto de vista estrictamente político, no jurídico.

Todas las formaciones políticas han hecho lo posible para influir en la sentencia del Tribunal Constitucional acerca del Estatuto de Autonomía de Cataluña. La excepción, el Partido Popular, que pide respeto al Tribunal que él nunca ha respetado (¿quién ha bloqueado la renovación de los magistrados?) porque entiende que le interesa.

El Presidente de la Generalidad de Cataluña ha protagonizado alguna de las últimas manifestaciones dirigidas a orientar la decisión del Tribunal Constitucional hacia una sentencia favorable a los intereses electorales de la formación que lidera. No se diferencia en ésto de la actuación de la oposición, salvo en que su acción se reviste del carácter institucional que implica su cargo. En definitiva, la Generalidad está intentando influir en una instancia que, teóricamente, debiera ser neutral, vinculada sólo por la Constitución.

Ahora, el editorial conjunto de doce periódicos catalanes se ha unido a las presiones. Porque su finalidad es, claramente, presionar al Tribunal para que emita una sentencia favorable a las posiciones políticas que defienden estos periódicos.

Pues bien, que nadie vuelva a quejarse de la politización del Tribunal Constitucional o de cualquier otro órgano jurisdiccional. Quien intenta influir en el Tribunal para obtener una sentencia favorable a sus posiciones políticas, fuera de la intervención formal en el proceso constitucional se descalifica para exigirle neutralidad política. Entre todos han convertido la justicia constitucional en un zoco: que nadie se queje si se compra y se vende, se regatea y hasta se engaña. Ésto es lo normal en un mercadillo, aunque no lo sea en un tribunal.

Pero el contenido del editorial es también discutible. Si acusa de posiciones irreductibles a los magistrados "conservadores", ¿acaso no son también irreductibles las que defienden los editorialistas? ¿Aceptan acaso alguna posibilidad de estar errados? No, estamos en la dialéctica de la verdad contra el error, como en las Cruzadas, en la Inquisición.

Los pactos de la transición, que cualquiera diría se plasmaron precisamente en la Constitución que debiera aplicar el Tribunal Constitucional (y que todos se han puesto de acuerdo para que no aplique, dando preferencia a sus intereses) fueron deliberadamente ambiguos, para permitir el acuerdo. En consecuencia, se dejó su concreción para más adelante, a través de la actuación del Tribunal. No cabe, pues, pretender que se infringen esos pactos porque la interpretación de la Constitución sea distinta de la que uno querría.

Y es cierto que hay preocupación en Cataluña, y es preciso que toda España lo sepa. En particular, que lo sepan los políticos catalanes, en el gobierno y en la oposición: los ciudadanos de Cataluña están preocupados por la economía, por sus empleos, por la corrupción, por la seguridad. No les preocupa ningún artículo del Estatuto.

Porque, ¿acaso alguien sabe en qué se concretan las críticas al Estatuto que contiene el recurso interpuesto por el PP? Y, ¿supone la eliminación de los preceptos recurridos una disminución real de la capacidad de las instituciones catalanas para desarrollar una política que beneficie a los ciudadanos de este país?¿o sólo supone la posibilidad de un quebranto electoral para los políticos catalanes?

Que el preámbulo del Estatuto contenga o no la palabra nación, ¿puede impedir el funcionamiento de la sanidad, de la educación, de los servicios públicos que presta la Generalidad? Que no se consagre la obligación de conocer la lengua catalana, ¿modificará en un ápice la política lingüística de la Generalidad?

Como escribe Francesc de Carreras, el recurso afecta sólo, en realidad, a los intereses electorales de los políticos que sufrimos en Cataluña. El tripartito, que abrió la caja de Pandora de la reforma estatutaria para conseguir de una tacada superar al pujolismo, sin necesidad de desarrollar mejores políticas, ve peligrar su logro fundamental. CiU, que acudió rauda a la subasta al alza de competencias y declaraciones altisonantes, quiere ahora, como entonces, capitalizar el descontento. Todos, maniobran persiguiendo sus propios intereses, dejando a los ciudadanos como convidados de piedra en este que, si no fuera porque afecta a nuestros bolsillos y a nuestros derechos, podríamos calificar de sainete.

Lo peor de todo es que dicen que cada país tiene los políticos que se merece. ¿Qué habremos hecho para merecer ésto?

miércoles, 2 de septiembre de 2009

Rubalcaba: burro

Dos grandes orejas de burro, como en los antiguos colegios, se deberían aplicar al Sr. Pérez Rubalcaba, Ministro del Interior, por sus recientes declaraciones, que hoy recoge "La Vanguardia" digital.

El Sr. Ministro afirma que "España no puede negar la decisión de un parlamento democrático", refiriéndose a la sentencia, aún pendiente, del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña. Esta afirmación evidencia que el Sr. Rubalcaba no ha aprendido nada de derecho constitucional, pese a los años que lleva en la política o, lo que quizá sea peor, que le tiene sin cuidado la Constitución, el bloque de la constitucionalidad y el derecho constitucional en su conjunto.

En efecto, la función propia del Tribunal Constitucional consiste en juzgar acerca de la adecuación de los actos de los diferentes poderes del Estado de derecho a la Constitución y la expulsión del mundo jurídico de aquéllos que no se adecúan a las disposiciones de la carta magna. En particular, efectúa el control de constitucionalidad de las leyes que, en nuestro país, emanan siempre de un parlamento democrático, sea éste las Cortes generales o un parlamento autonómico. Y los preceptos que declara contrarios a la Constitución quedan sin valor alguno, no pudiendo el parlamento que los aprobó hacer otra cosa que conformarse o promover la modificación de la Constitución.

Y ésto es así porque los poderes de todos los órganos del Estado y, por tanto, también de los parlamentos, emanan de la Constitución, que recoge los principios que el pueblo, en quien reside la soberanía, ha dispuesto que rijan la vida pública. Estos principios pueden ser modificados, pero no por un parlamento constituido, sujeto a la Constitución, sino únicamente por un parlamento constituyente, habilitado para alterar la norma fundamental (más exactamente, por el procedimiento previsto en el Título X de la Constitución, que puede exigir la disolución de las Cámaras y la celebración de nuevas elecciones, cuando la reforma es general o afecta a determinadas instituciones).

Por tanto, o el Sr. Pérez Rubalcaba ignora lo que no puede ignorar un político, o bien, mucho peor, piensa realmente que el pasteleo de los politicastros todo lo puede, incluso contravenir la Constitución.

Bien está que exprese su convicción de que el Estatuto es constitucional, convicción que comparten otros muchos y que puede ser refrendada por la sentencia del Tribunal Constitucional. Pero, en cualquier caso, el atentado contra la democracia no será que este órgano cumpla su función, sino que otros pretendan impedírselo.

martes, 3 de marzo de 2009

Tribunal Constitucional

El Presidente de la Generalitat advierte al Tribunal Constitucional del peligro para la convivencia que supondría tocar el modelo lingüístico diseñado por el Estatut.

http://www.lavanguardia.es/politica/noticias/20090302/53651120729/montilla-advierte-del-peligro-de-que-el-tribunal-constitucional-recorte-el-modelo-linguistico-catala.html

Hablando en plata, el Sr. Montilla trata de presional al Tribunal Constitucional para que dicte una sentencia conforme a sus intereses. Trata de influir sobre el fallo de un órgano jurisdiccional

Éso, antiguamente, cuando se creía que la democracia descansaba sobre la separación de poderes, estaba muy mal visto. Todos los poderes públicos respetaban la independencia de los Tribunales, en especial la del Tribunal Constitucional, garante de la Carta Magna. Pero ahora todo éso ha cambiado.

Naturalmente, si lo hiciese la oposición sería inadmisible, un ataque contra las instituciones del Estado. Pero si lo hace el Sr. Montilla se trata de un acto de prudencia política, que trata de prevenir los incidentes que, sin duda, ante la deslegitimación del Tribunal Constitucional que provocan las ingerencias de los partidos políticos, se producirían. Se trata de una profecía autorrealizable: al anunciar reacciones, el Presidente las está pidiendo, incluso provocando.

Si quieren un Tribunal Constitucional razonablemente independiente, la receta es fácil: respeten su independencia, desde la designación de sus Magistrados hasta la crítica de sus sentencias. Si pretenden manipular al Tribunal en su beneficio, no pueden quejarse de que sea manipulable y responda a razones políticas y no sólo a razones jurídicas.